SANTO PADRE,
La Reverendísima, Madre Celeste Martina del Carmen Espinal Espinal, Superiora General de la Congregación de las Siervas de Jesús de la Caridad, que fundó Santa María Josefa del Corazón de Jesús Sancho de Guerra el día 25 de julio de 1871, expone humildemente que para celebrar dignamente esta feliz memoria, durante todo el Año Jubilar, es decir, a partir del 25 de julio de 2020 y hasta el 25 de julio del 2021, en todas las sedes consagradas tanto de las Siervas, como de los Siervos y de los Siervos laicos de Jesús de la Caridad tendrán lugar celebraciones litúrgicas especiales así como otras iniciativas religiosas, mediante las cuales pretenden proporcionar ocasión para que los mismos Siervas y Siervos de Jesús fortalezcan la Fe, Esperanza y Caridad, así como el amor filial y la obediencia hacia Tu Santidad, Vicario de Cristo en la tierra. Con el fin de que estos frutos espirituales se recojan más abundantes, la solicitante suplica en nombre de las Siervas y los Siervos el don de las Indulgencias del Jubileo. Y Dios, etc.
1 de julio 2020
La PENITENCIARIA APOSTÓLICA, acerca del mandato de su Santidad Nuestro Papa Francisco, gustosamente concede la Indulgencia plenaria, bajo las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa) a las Siervas y a los Siervos de Jesús y a los demás fieles que, sinceramente penitentes y de corazón, con el fin de acogerse a tal Jubileo, hayan de visitar las iglesias y los oratorios jubilares como peregrinos y en los mismos participen con devoción de las celebraciones litúrgicas que se determinarán, así como si elevan oraciones por un espacio de tiempo suficiente para al menos pedir por la conversión de los pecadores, por las vocaciones sacerdotales y religiosas y por las necesidades de la familia humana, concluyendo con un Padrenuestro, el Credo y las invocaciones a la Santísima Virgen María y a Santa María Josefa del Corazón de Jesús.
Las Siervas y los Siervos de Jesús que, por enfermedad u otras causas graves estén impedidos de asistir a las celebraciones podrán obtener la Indulgencia plenaria si, con pleno rechazo de todo pecado y con intención de cumplir tan pronto como sea posible las tres condiciones habituales, efectúen la visita espiritual con profundo deseo y ofrezcan las enfermedades y molestias de su vida a Dios misericordioso por medio de María, añadiendo las oraciones más arriba indicadas.
Para que por tanto el acceso a esta gracia divina, facilitada por el poder de las llaves de la Iglesia, sea más sencillamente favorecido por la caridad pastoral, esta Penitenciaría ruega encarecidamente que los sacerdotes, dotados de las oportunas facultades para oír confesiones, se dispongan con ánimo generoso a la celebración de la Penitencia y a administrar frecuentemente la Sagrada Comunión a los enfermos que viven en las casas de las Siervas y de los Siervos de Jesús. Todo lo cual tendrá validez durante el periodo jubilar. Sin nada que obste en contra.
Maurus Card. Piacenza, Penitenciario Mayor
Christophorus Nykyel, Regens
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